GUÍA PARA LA DESCRIPCIÓN DE PROYECTOS DE PLANTAS DESALINIZADORAS EN EL SEIA 

Dando cumplimiento a un mandato legal1, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) se encuentra uniformando los criterios, requisitos, condiciones, antecedentes y exigencias técnicas de la evaluación de impacto ambiental de proyectos y actividades, entre otros, mediante la elaboración de guías. 

Dicha labor requiere establecer criterios comunes y consistentes con el conjunto de competencias ambientales de los distintos Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (Oaeca) que participan en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), contribuyendo con la disminución de los márgenes de discrecionalidad en la toma de decisiones y la tecnificación de dicho sistema. 

En base a lo anterior, la elaboración de esta guía se origina para unificar los criterios, antecedentes y requisitos en la descripción de proyectos de plantas desalinizadoras. Esto es necesario, considerando un contexto de reducción de disponibilidad de agua, producto de una mega sequía y escasez hídrica de las aguas continentales, lo cual se ha acrecentado por los efectos de la variable cambio climático en gran parte de nuestro país. Este tipo de proyectos son relevantes por ser una opción de nuevas fuentes para disponibilidad de agua y, de esta manera, ser una medida de adaptación a los impactos del cambio climático. Otro elemento para tener presente es que en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), se ha incrementado el número de proyectos de producción de agua desalinizada que ingresan a la evaluación ambiental, los cuales cada vez van aumentando su capacidad de producción de agua desalinizada, por lo que se hace necesario estandarizar la presentación de los contenidos mínimos al momento de describir estos proyectos. Esta guía considera nomenclaturas y conceptos del Decreto Supremo N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del SEIA, con especial enfoque en la descripción de proyectos. 

El alcance de este documento es, particularmente, la descripción del proyecto, la cual tenga el suficiente nivel de desagregación y detalle que permita al lector, tanto a evaluadores como a la ciudadanía en general, comprender globalmente el proyecto e identificar sus potenciales impactos ambientales, en relación a la información solicitada como contenidos mínimos de los artículos 18 y 19, del Reglamento del SEIA, cuyo cumplimiento es de exclusiva responsabilidad de todo titular de proyecto que se somete a la evaluación ambiental.